¿Conoces el Modelo de Policía de Proximidad?
Es el agente facultado para el uso legal de la fuerza respetando el Derecho Humano, con capacidad para resolver los conflictos cotidianos de los Ciudadanos, dentro del marco legal de la justicia Cívica y Penal. El Policía de Proximidad tiene la facultad de realizar Convenios Conciliatorios a problemas cotidianos entren ciudadanos.
¿En qué caso puedo realizar un Convenio Conciliatorio?
Se puede realizar un Convenio Conciliatorio en los supuestos señalados en el Articulo 105 de la Ley de Respeto Vecinal como cuales:
1. Vejar o intimidar física o verbalmente a cualquier persona.
2. Coaccionar de cualquier manera a otra persona para realizar alguna conducta que atente
contra su voluntad.
3. Prestar algún servicio sin que le sea solicitado y coaccionado de cualquier manera a quien
lo reciba para obtener un pago por el mismo.
4. Producir o causar ruido por cualquier medio que notoriamente atenten a la tranquilidad
de los vecinos.
5. Obstruir con cualquier objeto entradas y salidas de los inmuebles sin autorización del
propietario o poseedor del mismo.
6. Incitar o provocar riña entre dos o más personas.
7. Reñir de manera física o verbal con una o más personas.
8. Trepar bardas, enredados o cualquier elemento constructivo semejante de un mueble
ajeno.
9. Abstenerse, la persona propietaria de bardar un inmueble sin construcción o no dar el
cuidado necesario para mantenerlo libre de pagas o maleza, que puedan ser dañinas para
los colindantes.
10. Percutir armas de posta, diábolos, dardos o municiones contra personas o animales.
11. Desperdiciar el agua o impedir a áreas verdes, vegetación y parque tanto públicos como
privados.
12. Realizar afectaciones y daños a áreas verdes, vegetación y parques tanto públicos como
privado.
13. Dañar, pintar, maltratar, ensuciar, o hacer uso indebido de las fachadas de inmuebles
públicos o de particulares, postes, arbotantes, semáforos, buzones, tomas de agua,
señalizaciones viales o de obras, puentes, pasos peatonales, plazas, parques, jardines,
elementos de ornato u otros muebles o inmuebles, estatuas, monumentos con valor
histórico.
Para mayor información, puedes consultar la Ley de Respeto vecino para el estado de Querétaro.
¿Qué ventajas tiene el realizar un Convenio Conciliatorio?
- Es un procedimiento ágil y rápido que evita que el problema escale a otras instancias, como fiscalía, Juzgado Cívico.
- Atención directa e inmediata en tu domicilio. Es un procedimiento totalmente gratuito por lo que evitas gastos de traslados a otras
instituciones - Promueve el dialogo y voluntariedad entre las partes para la realización del convenio.
¿Como puedo realizar un Convenio Conciliatorio con el Policía de Proximidad?
Si eres afectado por las conductas antes mencionadas, no dudes en llamar al 911 solicitando la Célula de Mediación al cual acudirá a tu domicilio para entrevistarse.
¿Qué pasa si el Convenio Conciliatorio no se cumple?
El Policía de Proximidad al transcurrir 15 días hábiles de haber realizado tu Convenio Conciliatorio te llamara con el fin de verificar y reportar si hubo o no un incumplimiento, en caso de reportar un incumplimiento, el oficial por medio de la tableta electrónica enviara una alerta al Procurador Social al cual citara a la persona que incumple el convenio
y se le aplicara las medidas de apremio pertinentes que son:
1. Multa que va de los $2,074.80 M.N. a $ 10,374.00 M.N.
2. Arresto de 24 a 36 hrs
3. Trabajo a Favor de la Comunidad de 12 a 18 hrs.
Si necesitas más información puedes llamar al teléfono 442-209-96-00 ext. 1017 – 1021 – 1019 y
ext. 5553 Dirección de Prevención y Participación de la Secretaría de Seguridad Pública de
Corregidora. Horario de atención de 8:30 a 14:30 hrs.
Asi como también a la ext. 8004 Dirección de Justicia Administrativa del Municipio de Corregidora
o directamente ext.5509 teléfono del Procurador Social, horario de atención de 8:30 a 14:30 hrs.
Ubicado en Fray Sebastián de Gallegos # 83, El Pueblito, 76900.