LIBERACIÓN DE VEHÍCULO: Requisitos y documentos a adjuntar (Art. 168, Fracc´s: I,II,III,IV y V del Reglamento de Tránsito de Corregidora)
1.- Factura del vehículo que acredite la propiedad.
2.- Licencia de manejo vigente del propietario.
3.- Pago de la última tenencia del vehículo a liberar.
*** Estos tres documentos presentarlos en original y copia.
4.- Recibo de pago junto con la infracción, en caso de haberse efectuado.
5.- Constancia de asistencia a plática de alcoholimetría cuando proceda
PASOS QUE DEBEN SEGUIR PARA LA LIBERACIÓN DE VEHÍCULO
1.- Presentarse a la ventanilla de Calificación de Infracciones, para que se le entregue la calificación por el monto que va a pagar, en caso de existir Infracción.
2.- Con la calificación de la Infracción, pasar a la ventanilla de caja a pagar.
3.- con el recibo de pago, junto con la original y copia de la factura del vehículo, licencia de manejo, pago de la última tenencia, constancia de asistencia a platica por alcoholimetría (en caso de que proceda), pasar a la ventanilla de Liberaciones, para que se le entregue el oficio de Liberación del vehículo.
4.- Con el Oficio de Liberación de vehículo, acudirá a la grúa que efectuó el arrastre del vehículo, para que le sellen este, después de haber pagado el servicio prestado.
5.- Con el oficio sellado por las grúas, se presentará al corralón y tras pagar lo que corresponda, se le hará entrega del vehículo.
Este trámite lo puede realizar el Propietario, el Apoderado Legal cuando se trate de vehículo empresarial (presentando el poder legal que lo acredite como tal, así como una identificación) o a quien se autorice mediante carta poder.
CONCLUSIÓN DEL TRÁMITE
Art. 168 bis..- Cuando el vehículo haya sido puesto a disposición por comisión de algún delito, por alcoholimetría y o falta administrativa, por algún hecho de tránsito en el que solo haya habido daños materiales o cuando esté relacionado con un juicio de materia mercantil o de lo familiar, las autoridades competentes (y que supieron del caso), para expedir documentos en materia de liberación de vehículos son; Fiscalía General del Estado y/o Federación, Juzgado Cívico del Municipio, Centro de Mediación del Municipio, Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro;
Este documento deberá ser dirigido a la Titular de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Corregidora y en el que deberá suscribirse el nombre de quien o quienes pueden realizar el trámite.
Aclaración: En apego al Reglamento de Tránsito del Municipio de Corregidora, se establecen cuales son las infracciones que cuentan con el 50% de descuento si se pagan dentro de los primeros 10 días hábiles en que se aplicó, EXCEPTUANDO de este beneficio aquellas que establece el Art. 172 bis del reglamento en mención, además de las derivadas de hechos de tránsito.
Información o cualquier duda relacionada con el tema de Infracciones y Hechos de Tránsito, marque al Tel. 442-256-55-00 Ext. 1015 o 5555